ASIPONA Ensenada | Trámite de Asignación de Muelles

Trámite de Asignación de Muelles

En la Junta de programación de buques y arribo de embarcaciones del Puerto de Ensenada, la ASIPONA Ensenada elaborará y coordinará los día lunes y viernes hábiles de cada semana un programa de operación, con la indicación de las fechas y horarios, posiciones de fondeo y atraque en que deban efectuarse las maniobras y prestarse los servicios, empleando para éstos efectos la información previamente registrada por los Agentes navieros, Agentes consignatarios de buques o con los representante de las embarcaciones, en el Sistema PIS.

El resultado de la Junta de Programación, para el arribo de embarcaciones contendrá como mínimo la siguiente información:

  • La asignación de las posiciones de atraque en las terminales portuarias, para la atención de los buques programados.
  • Los horarios y fechas tentativas, para los arribos y salidas de las embarcaciones.
  • Las operaciones responsables de las Terminales Portuarias, para la atención de dichas embarcaciones.

La juntas ordinarias y extraordinarias de la Programación de buques del Puerto serán presididas por e l representante de la ASIPONA Ensenada, sus integrantes concurrirán, por lo menos, los lunes y viernes hábiles de cada semana del año, a las 12:00 horas, o el siguiente dia hábil. En las juntas de programación de los buques, con base en los avisos de arribo de las embarcaciones al Puerto y a los convenios de ventana de atraque de embarcaciones, se determinará el orden de prioridades en que deban efectuarse las operaciones y servicios, así como las posiciones de atraque de los muelles, en los que de acuerdo con las características de la carga y de estiba deba atracar cada embarcación.

Previo a la Junta de programación, se registrará el acta correspondiente, que contendrá las observaciones y acuerdo alcanzados y cuya observancia no perderá obligatoriedad por no haber concurrido a la junta la parte interesada. Los acuerdos y resultados alcanzados solo podrán ser modificados por causas de fuerza mayor o caso fortuito por la Capitanía de Puerto y la ASIPONA Ensenada, siempre y cuando exista razón fundada para estos efectos.

Las Terminales e instalaciones portuarias determinaran el orden en que recibirán a las embarcaciones que arriben a los muelles que tengan cesionados, por lo que para poder realizar la asignación de posiciones de atraque las Terminales a las que se le solicite atención, las Agencias navieras o consignatarias por medio del aviso de arribo, tendrán que confirmar la disponibilidad y el turno de atención por medio del Sistema PIS, validando el mismo aviso de arribo.

El envió de la planeación de operaciones de buques se realizará por los Usuarios de lunes a viernes por medio del Sistema PIS, el cual se encuentra funcionando las 24 (veinticuatro) horas del día.

El plazo máximo para la recepción de planeación será de acuerdo con lo señalado en la Regla 29, así mismo, para ser considerada dentro de la programación deberá contemplar los horarios de atención indicados en la Regla 23.

La planeación será enviada por medio del sistema PIS por el Agente naviero consignatario del buque con la información general del buque a operar, por el mismo sistema, la Operadora anexará la información sobre el equipo a utilizar que se integrará al marco operativo del buque en PIS, los tiempos de operación y los rendimientos esperados firmando ambos con firma electrónica.

Si la información enviada no es consistente con lo s registros operativos de la ASIPONA Ensenada, ésta será rechazada por medio del Sistema PIS, para su corrección.

En los casos de la descarga directa, el Naviero o Consignatario del buque en coordinación con el Operador, deberán expresar en la planeación la logística para el desalojo eficiente que cumpla con los rendimientos establecidos en las presentes Reglas. Asimismo, el Agente Aduanal deberá requisitar previamente, conforme lo establece la Regla 3.1.21 de las RGCE vigentes, para gestionar oportunamente ante la Autoridad Aduanera y el Recinto Fiscalizado la documentación de la carga, para su oportuno despacho.

A ninguna embarcación, se le dará posición de atraque si no cuenta con la planeación validada por la ASIPONA Ensenada, en los términos señalados en la Regla 29.

De conformidad con las Reglas 28 y 29, los Armadores, Navieros, operadores de buques o sus representantes autorizados en el Puerto avisaran a la ASIPONA Ensenada, a la Capitania de Puerto y demás dependencias involucradas en la visita de verificación e inspección de embarcaciones en los términos establecidos por dichas autoridades, con 48(cuarenta y ocho) horas de anticipación cuando menos de la llegada del buque, así como de las operaciones que pretenda efectuar.

Si por las condiciones de navegación se requiere modificar la fecha de arribo del buque, la Agencia naviera o consignataria del buque debe notificarlo a la ASIPONA Ensenada por medio del Sistema PIS, como hora máxima 17:00 horas del dia de la programación; de lo contrario, se sujetará a la disponibilidad de posiciones de atraque siempre y cuando no modifique los resultados de la programación, salvo en el caso de Arribos forzosos, debidamente autorizados por la Capitanía de Puerto.

Departamento de operaciones

Teléfono (646) 178-2860 Ext. 70647 y 70727

jdoperaciones@puertoensenada.com.mx

cdmaniobras@puertoensenada.com.mx

Fecha de Actualización: 22/06/2023 (08:41)